Comité de Igualdad Laboral y No Discriminación

POLÍTICA DE IGUALDAD LABORAL Y NO DISCRIMINACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO

 

OBJETO

La presente política, tiene por objeto establecer los principios, ejes  y valores que regirán en todas y cada una de las dependencias, entidades y unidades de apoyo del Poder Ejecutivo del estado de Guanajuato para garantizar el respeto y protección de los derechos humanos, la no discriminación por ningún motivo, así como la igualdad laboral, salarial y de oportunidades para todas las personas que en ellas laboran, en apego a lo establecido en la normatividad vigente en la materia a nivel internacional, federal y estatal.

 

PERSONAS SUJETAS DE SU APLICACIÓN

La presente política es aplicable a todas las dependencias, entidades y unidades de apoyo de la Administración Pública Centralizada y Paraestatal, y de observancia para todo el personal que en ellas laboran que se adhieran o adopten la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación.

 

EJES TRANSVERSALES

La presente Política se basa en los siguientes ejes transversales:

  1. Enfoque de derechos humanos: La aplicación del marco conceptual fundamentado en los ordenamientos internacionales, nacionales y estatales de Derechos Humanos para orientar la formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las medidas adoptadas por las dependencias, entidades y unidades de apoyo de la Administración Pública Estatal para proteger, respetar, promover y satisfacer los derechos humanos de su personal.
  2. Perspectiva de género: Aplicación de la visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres, que propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género, en promoción de la igualdad, la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; para contribuir a construir una sociedad en donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades, para acceder al desarrollo social y la representación en los ámbitos de toma de decisiones.
  3. Instituciones libres de violencia: La implementación de acciones y procedimientos en forma clara, sencilla y uniforme al interior de las distintas dependencias, entidades y unidades de apoyo de la Administración Pública Estatal para establecer condiciones que inhiban conductas constitutivas de violencia, discriminación, hostigamiento sexual y acoso laboral.

 

Se rige bajo los siguientes principios:

  • Igualdad laboral y no Discriminación;
  • Igualdad de trato, oportunidades y desarrollo para todas las personas;
  • Corresponsabilidad familiar, laboral y personal;
  • Condiciones laborales libres de violencia;
  • Visibilización y respeto de todas las personas en la comunicación; y
  • Reconocimiento igualitario al desempeño laboral.

 

VENTANILLA DE ORIENTACIÓN Y DENUNCIAS:

Te invitamos a que si deseas tener contacto con el personal especializado para orientación o reportar casos, lo hagas a través del siguiente correo igualdadlaboral@upgto.edu.mx

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